A- de 2021
Ponente Alberto Rojas Ríos
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Falta de competencia de la Corte Constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicción entre el Juzgado Décimo Laboral del Circuito de Bogotá - y el Juzgado Civil del Circuito de Ubaté (Cundinamarca).
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen un proceso ordinario laboral iniciado por varios ciudadanos con el fin de obtener el pago de una indemnización plena de perjuicios por la muerte de un familiar que se produjo por un accidente de trabajo por culpa patronal.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte estableció que no tiene facultar para resolver el presente asunto, en tanto se trata de un conflicto de competencia y no jurisdicciones, toda vez que las autoridades enfrentadas forman parte de la misma jurisdicción, esto es, la ordinaria, en donde la Corte Suprema de Justicia resulta ser la autoridad judicial competente para determinar a quién le corresponde asumir el precitado caso.
Con base en lo anterior la Sala Plena se declaró INHIBIDA para emitir pronunciamiento y dispuso el envío del expediente a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver sobre el conflicto de jurisdicción remitido por el Juzgado
- Décimo. Laboral del Circuito de Bogotá ante el incumplimiento del presupuesto subjetivo para su configuración.
- SEGUNDO. REMITIR por medio de la Secretaría General de la Corte Constitucional el expediente CJU-462 a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.